La pregunta que más llega a las oficinas de los servicios técnicos sobre la factura electrónica obligatoria no es qué es, sino cuándo. Y la respuesta honesta tiene dos partes: una segura, que ya está en el BOE, y otra que depende de una orden ministerial cuyo texto definitivo aún hay que confirmar.
Este análisis separa las dos. Primero, cómo se cuentan los plazos; después, las fechas que resultarían si se confirma lo que propone Hacienda; por último, qué conviene hacer en cada escenario. El qué y el para quién de la obligación se trataron en lo que dice el RD 238/2026 para un servicio técnico; aquí solo interesa el calendario.
Lo que ya es firme
El marco tiene dos piezas publicadas:
| Pieza | Qué establece |
|---|---|
| Ley 18/2022 (Crea y Crece) | La obligación de expedir factura electrónica en las operaciones entre empresarios y profesionales |
| RD 238/2026, de 25 de marzo (BOE del 31-03-2026) | El desarrollo reglamentario: en vigor a los 20 días de su publicación, con aplicación diferida |
La expresión que decide todo es «aplicación diferida». El reglamento está vigente, pero la obligación de emitir no nace con él. Nace con la orden ministerial que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria, y los plazos se cuentan desde esa orden.
Un segundo punto firme: un PDF enviado por correo no es factura electrónica a estos efectos. Se exige un formato estructurado, que un programa pueda leer sin intervención humana.
Doce o veinticuatro meses: el criterio
El reglamento distingue dos grupos por volumen de facturación:
| Grupo | Criterio | Plazo desde la orden |
|---|---|---|
| Grandes | Facturación superior a 8 millones de euros | 12 meses |
| Resto | Todos los demás, autónomos incluidos | 24 meses |
Para un servicio técnico el criterio casi siempre se resuelve solo. Una empresa de climatización, electrodomésticos o instalaciones con una decena de técnicos está muy lejos de los 8 millones, y un autónomo lo está por definición. La gran mayoría de los lectores de este blog está en la fila de 24 meses.
Es mejor no confundir este umbral con el de VeriFactu. Allí el criterio no es la facturación sino el impuesto: contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades por un lado y el resto por otro.
La pieza pendiente: la orden ministerial
Hacienda sacó a audiencia pública un proyecto de orden el 17 de abril de 2026. Ese proyecto fija su propia entrada en vigor el 1 de octubre de 2026. Si se aprueba y publica con esa fecha, los plazos quedarían así:
| Escenario | Grandes (más de 8 M€) | Resto, autónomos incluidos |
|---|---|---|
| La orden entra en vigor el 1-10-2026, como propone el proyecto | 1-10-2027 | 1-10-2028 |
| La orden entra en vigor más tarde | 12 meses después de esa fecha | 24 meses después de esa fecha |
La cautela no es retórica. Un proyecto de orden puede cambiar en su tramitación, y la fecha que importa es la de la orden publicada en el BOE, no la del borrador. A mediados de septiembre de 2026, con la fecha propuesta a dos semanas vista, lo sensato es comprobar en el BOE si la orden se ha publicado y con qué entrada en vigor, antes de apuntar ninguna fecha en el calendario de la empresa.
El calendario completo de una pyme de servicio técnico
La factura electrónica no llega sola. Se suma a VeriFactu, cuyo calendario ya está fijado por el RDL 15/2025. Combinando las dos, y tomando el escenario del proyecto de orden para la factura electrónica:
| Tipo de empresa | VeriFactu | Factura electrónica B2B (si la orden entra en vigor el 1-10-2026) |
|---|---|---|
| Sociedad (Impuesto sobre Sociedades), menos de 8 M€ | 1-1-2027 | 1-10-2028 |
| Autónomo | 1-7-2027 | 1-10-2028 |
| Sociedad de más de 8 M€ | 1-1-2027 | 1-10-2027 |
La lectura práctica es que casi todos los servicios técnicos tienen primero VeriFactu y, más de un año después, la factura electrónica. Por qué son dos obligaciones distintas, con programas que pueden cumplir una y no la otra, se explicó en VeriFactu y factura electrónica no son lo mismo.
Criterios para planificar
Tres criterios ordenan la decisión, con independencia de la fecha exacta que acabe fijando la orden.
1. Una sola decisión de programa. Cambiar de programa de facturación en 2026 por VeriFactu y otra vez en 2028 por la factura electrónica es el peor escenario: dos migraciones, dos periodos de aprendizaje. La pregunta al proveedor tiene que cubrir las dos obligaciones.
2. El peso de los clientes empresa. La factura electrónica afecta a lo que se factura a empresas y profesionales. Un servicio técnico de electrodomésticos que trabaja casi solo para particulares y otro de maquinaria de hostelería que factura a restaurantes y fábricas no tienen la misma urgencia, aunque la fecha sea la misma.
3. La calidad de los datos del cliente. Un formato estructurado no perdona un NIF mal escrito ni una razón social incompleta. Limpiar la ficha fiscal de los clientes empresa es trabajo que se puede hacer ya y que sirve en cualquier escenario.
Qué hacer mientras tanto
| Cuándo | Tarea |
|---|---|
| Ahora | Comprobar en el BOE si la orden está publicada y con qué fecha |
| Ahora | Confirmar tu grupo: casi seguro, 24 meses |
| Antes de fin de 2026 | Tener resuelto VeriFactu, que llega antes |
| Durante 2027 | Preguntar al proveedor, por escrito, cómo emitirá la factura electrónica cuando la orden fije los detalles técnicos |
| Durante 2027 | Revisar la ficha fiscal de todos los clientes empresa |
| Antes del plazo que resulte | Probar la emisión con un grupo pequeño de clientes |
Si tu programa actual no da garantías ni siquiera para VeriFactu, el problema es más inmediato y tiene sus propias salidas, repasadas en qué hacer si tu programa de facturación no cumple VeriFactu.
Dónde encaja la suite
En PlanerSat la factura sale del parte con PlanerGes, el programa de facturación de la misma suite, que comparte la ficha del cliente y ya está preparado para VeriFactu. Que la factura se genere desde el parte, sin volver a teclear datos, reduce los errores que un formato estructurado no admite. Sobre la factura electrónica B2B, la pregunta del criterio 1 hay que hacérsela a cualquier proveedor, también a nosotros, en cuanto la orden fije sus detalles.
Para decidir con datos propios
La forma más útil de preparar este calendario es mirar cuánto de lo que facturas va a empresas y cómo están sus fichas. En una demo de PlanerSat lo revisamos con tus propios avisos y clientes, del parte a la factura. Si ya lo tienes claro, los planes están en las tarifas; y si tu empresa es de electricidad, fontanería o gas, la página de software para instaladores muestra el recorrido completo.