Normativa ·

Gases fluorados: quién puede tocar un equipo y qué está cambiando

Técnico certificado y empresa habilitada: son dos requisitos, no uno, y los dos se comprueban en cada intervención. Qué exige hoy el RD 115/2017, qué mueve el Reglamento europeo 2024/573 y por qué la reforma española aún no se puede dar por hecha.

¿Quién puede instalar, mantener o desmontar un equipo que contiene gases fluorados? La respuesta corta tiene dos partes que conviene no mezclar: una persona certificada que trabaja dentro de una empresa habilitada. Una sin la otra no basta.

A las puertas de la temporada de climatización, este análisis ordena lo que exige hoy la norma española, lo que ha cambiado en el marco europeo y lo que sigue en tramitación. Con una advertencia previa: en esta materia hay un proyecto de reforma cuyo estado final no se puede dar por cerrado, y aquí se trata como lo que es, un proyecto.

El marco en vigor: el RD 115/2017

El Real Decreto 115/2017 regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en ellos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan. Para un servicio técnico, su exigencia central se resume en un criterio doble: toda instalación, mantenimiento o desmontaje de estos equipos la tiene que hacer personal certificado, y ese personal tiene que trabajar dentro de una empresa habilitada.

Llevado a la operativa de un SAT, la exigencia queda así:

Actividad sobre el equipo Quién la ejecuta Qué debe acreditar la empresa
Instalación Técnico con la certificación correspondiente Habilitación como empresa para esa actividad
Mantenimiento Técnico con la certificación correspondiente Habilitación como empresa para esa actividad
Desmontaje Técnico con la certificación correspondiente Habilitación como empresa para esa actividad

La tabla parece redundante, y precisamente por eso es útil: las tres actividades habituales de un servicio técnico de climatización caen bajo la misma regla. No hay una operación «menor» que un técnico sin certificar pueda hacer sobre el circuito solo porque sea rápida.

Hay dos consecuencias prácticas que se olvidan a menudo:

  1. La certificación es de la persona, no de la furgoneta. Si un técnico certificado se va de la empresa, su certificación se va con él.
  2. La habilitación es de la empresa, no del técnico. Un técnico certificado que se establece por su cuenta tiene que habilitar también su actividad como empresa: la certificación personal, sola, no basta.

El cambio europeo: el Reglamento (UE) 2024/573

En el ámbito europeo, el Reglamento (UE) 2024/573 sobre gases fluorados de efecto invernadero ha redefinido el sistema de certificados y su calendario. Un reglamento europeo se aplica directamente en todos los Estados miembros, pero su encaje con las reglas españolas de certificación y habilitación obliga a adaptar la norma nacional. Ese desarrollo es lo que está en marcha.

Para la empresa, la lectura prudente es esta: el marco europeo ya ha cambiado, la norma española que lo concreta todavía no ha terminado su recorrido y, mientras tanto, el RD 115/2017 sigue siendo la referencia para acreditar a técnicos y empresas.

Lo que está en tramitación

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico sometió a información pública, del 21 de julio al 5 de septiembre de 2025, un proyecto de real decreto que sustituirá al RD 115/2017. A la fecha de este artículo no hemos podido verificar que ese texto se haya aprobado ni publicado en el BOE. Por eso es mejor no tomar sus contenidos como obligaciones vigentes ni planificar sobre plazos que todavía podrían cambiar.

Tabla de hitos

Hito Fecha Estado a mediados de mayo de 2026
RD 115/2017: personal certificado dentro de empresa habilitada 2017 En vigor
Reglamento (UE) 2024/573: nuevo sistema de certificados y calendario 2024 En vigor en la UE; pendiente de desarrollo nacional
Proyecto de real decreto que sustituirá al RD 115/2017 Información pública del 21-07-2025 al 05-09-2025 Tramitación; aprobación no verificada
Publicación del nuevo real decreto en el BOE Sin fecha Pendiente de vigilar

La última fila es la que más importa a una empresa pequeña: cuando se publique, habrá que revisar qué certificaciones siguen valiendo, cuáles hay que renovar o ampliar y con qué plazo. Hasta entonces, cualquier fecha que circule es especulación.

Qué hacer antes del verano

Con el marco actual, una empresa de climatización puede hacer cinco cosas sin esperar a la reforma:

  1. Inventariar certificaciones. Una lista de técnicos con la certificación que tiene cada uno y las actividades que cubre. Si alguna tiene fecha de validez o condiciones, anótalas.
  2. Comprobar la habilitación de la empresa para las actividades que realmente se hacen: instalar, mantener, desmontar.
  3. Asignar las intervenciones sobre el circuito solo a técnicos certificados. Es una decisión de planificación, no solo de cumplimiento: hay que tenerla en cuenta al repartir los avisos de julio.
  4. Registrar qué técnico hizo cada intervención. Si un día hay que acreditar quién manipuló un equipo, el parte de trabajo es la primera prueba.
  5. Vigilar el BOE. Cuando salga el nuevo real decreto, la revisión de la tabla anterior es cuestión de una tarde si la lista del punto 1 existe.

Estas obligaciones conviven con otras. En las instalaciones térmicas, el RITE añade la habilitación como empresa mantenedora y el contrato de mantenimiento por encima de 70 kW, como se explica en la guía del RITE para empresas de climatización. El mapa completo de mantenimientos exigidos por ley, por tipo de instalación, está en mantenimientos obligatorios que un servicio técnico no puede olvidar.

Dónde encaja un programa de gestión

Un programa de gestión de servicio técnico no certifica técnicos ni habilita empresas, y tampoco sustituye los registros oficiales que exija la normativa de gases fluorados. Lo que sí resuelve es el punto 4: dejar constancia, parte a parte, de quién intervino, en qué equipo y en qué fecha.

En PlanerSat cada parte de trabajo queda asociado al técnico que lo hizo y al equipo instalado del cliente, con su historial. La propia página de climatización de PlanerSat lo deja claro: puedes guardar en la ficha del equipo los datos técnicos que quieras, pero la obligación legal de los registros oficiales es de la empresa.

Para seguir

Los criterios de elección y las preguntas para la demo de un programa que organice avisos, contratos y equipos de climatización están en software para empresas de climatización: lo que tiene que resolver antes del verano. Y el recorrido completo del aviso a la factura, con el ejemplo de un split, en la página de software para instaladores y mantenedores de climatización.

Por PlanerSat En Normativa