Dos fechas: 1 de enero de 2027 y 1 de julio de 2027. Son los plazos vigentes para que los programas con los que las empresas emiten sus facturas cumplan el Reglamento de sistemas informáticos de facturación, lo que se conoce como VeriFactu. Cuál de las dos corresponde depende de una sola variable: si la empresa tributa por el Impuesto sobre Sociedades o no.
Para un servicio técnico, el asunto tiene una derivada práctica que no siempre se ve. La factura de un SAT nace del parte de trabajo. Si el parte y la factura viven en herramientas distintas, la adaptación afecta a una de ellas; si viven en la misma, afecta al circuito entero. En el artículo sobre qué es un SAT y cómo funciona su circuito de aviso, parte y factura se explica por qué ese último paso es el que más dinero mueve.
Qué regula la norma
El reglamento no obliga a facturar de otra manera ni cambia qué debe llevar una factura. Lo que regula es el programa con el que se emite: exige que el sistema informático de facturación cumpla unos requisitos técnicos, fijados en una orden ministerial, para garantizar que los registros de cada factura no se puedan alterar después sin dejar rastro. VeriFactu es la modalidad en la que el programa remite esos registros a la Agencia Tributaria.
El marco normativo se compone de cuatro piezas:
| Norma | Qué hace |
|---|---|
| RD 1007/2023 | Aprueba el Reglamento de sistemas informáticos de facturación |
| RD 254/2025 | Modifica el reglamento |
| Orden HAC/1177/2024 | Fija las especificaciones técnicas que debe cumplir el programa |
| RDL 15/2025, de 2 de diciembre | Modifica de nuevo el reglamento y establece los plazos vigentes (BOE de 3 de diciembre de 2025, convalidado el 11 de diciembre) |
Conviene también delimitar lo que no cambia. El reglamento no toca los tipos de IVA, ni los datos obligatorios de una factura, ni la forma de cobrar al cliente. Para quien recibe la factura de una reparación, el cambio apenas se nota; el trabajo está del lado de quien la emite y de su programa.
Los plazos ya se han movido. El último cambio es el del RDL 15/2025, publicado hace poco más de un mes, y es el que fija el calendario que sigue.
Qué fecha le toca a cada servicio técnico
| Quién | Ejemplo en un SAT | Fecha de obligación |
|---|---|---|
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | Servicio técnico constituido como sociedad limitada o anónima | 1 de enero de 2027 |
| Resto de obligados | Técnico autónomo que factura a su nombre | 1 de julio de 2027 |
La lectura para el sector es directa. Buena parte de los servicios técnicos son micropymes: según el DIRCE 2025 del INE, el 54,4 % de las empresas activas en España no tiene asalariados y otro 27,2 % tiene uno o dos. Muchas de ellas son autónomos, a los que corresponde julio. Las que han dado el paso a sociedad, aunque tengan tres técnicos, empiezan en enero.
Hay un caso frecuente que merece la pena tener presente: el autónomo que piensa constituir una sociedad a lo largo de 2026. Al cambiar de forma jurídica cambia también la fecha, que se adelanta seis meses.
Qué cambia en la práctica para un SAT
El impacto se concentra en tres puntos.
El programa de facturación. Tiene que estar adaptado antes de la fecha que corresponda. La obligación alcanza a quien factura con ese programa, no solo a quien lo fabrica.
El circuito parte-factura. Si la oficina teclea las facturas a partir de partes en papel, la adaptación solo toca la última pieza, pero el doble tecleo sigue ahí. Si el programa de SAT genera la factura desde el parte, lo relevante es que esa factura salga ya de un sistema que cumpla.
Las facturas rectificativas. Un SAT corrige facturas con frecuencia (un repuesto que no era, una hora de más, un trabajo que resultó estar en garantía). Con un sistema conforme, la corrección se hace con una rectificativa, no editando la factura original. Es mejor que la oficina se acostumbre antes de que sea obligatorio.
Criterios para evaluar al proveedor
Cinco preguntas que un servicio técnico debería hacer a quien le vende o le mantiene el programa de facturación, y lo que es mejor que conteste:
| Pregunta | Respuesta que da tranquilidad |
|---|---|
| ¿El programa estará adaptado al reglamento y a la Orden HAC/1177/2024? | Sí, con una fecha concreta anterior a la tuya |
| ¿La adaptación tiene coste aparte? | Respuesta clara, por escrito |
| ¿Qué pasa con las facturas que emito hoy? | Se conservan y se pueden consultar |
| ¿Las facturas salen del parte o hay que volver a teclearlas? | Salen del parte, sin reescribir conceptos |
| ¿Cómo se corrige una factura emitida? | Con una factura rectificativa generada por el propio programa |
Un proveedor que no sabe responder a la primera pregunta en enero de 2026 es, en sí mismo, un dato.
Calendario de trabajo para 2026
Con doce meses por delante para las sociedades y dieciocho para los autónomos, el margen es razonable si se usa. Una secuencia posible:
| Periodo | Tarea |
|---|---|
| Primer trimestre de 2026 | Confirmar la fecha que corresponde y preguntar al proveedor actual |
| Segundo trimestre | Si hay que cambiar de programa, evaluar alternativas y probarlas con partes reales |
| Tercer trimestre | Migrar clientes, artículos y tarifas; formar a la oficina |
| Cuarto trimestre | Trabajar ya con el sistema nuevo, con margen para corregir antes del 1 de enero |
Los autónomos pueden desplazar la secuencia seis meses. No es recomendable apurarla más: el cambio de programa coincide, en muchas empresas de climatización, con la temporada alta de verano.
El caso de PlanerSat
En PlanerSat la factura sale del propio parte con PlanerGes, el programa de gestión de la misma suite, que comparte clientes y artículos. Las facturas de PlanerGes están preparadas para VeriFactu, de modo que la adaptación no obliga a rehacer el circuito del servicio técnico: el parte cerrado sigue siendo el origen de la factura.
Para seguir leyendo
Quien trabaja con maquinaria industrial o de hostelería tiene en la página de software para servicio técnico de maquinaria el ejemplo de cómo se factura lo que no cubre cada contrato. Y en el blog de PlanerSat seguiremos el calendario fiscal del sector a medida que avance el año.